Capacidad de obrar

El acto jurídico consta de tres elementos de gran importancia, que determinan si este reúne las características para ser sometido a un proceso legal; estos son llamados: elementos esenciales, es decir, no puede existir si alguno de estos no forma parte de él, dividiéndose este, a su vez, en requisitos existenciales (el sujeto, voluntad, objeto y la …

Capacidad de obrar
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Se llama acto jurídico a un proceso voluntario, consciente y libre, que busca lograr determinados efectos legales sobre una relación jurídica. Este puede ser ilícito (tiene sanciones para una de las partes) o lícito (relaciones legales cuyo destino está determinado por la ley), que a su vez se subdividen en actos de derecho o negocios jurídicos. Para que tenga lugar, es necesario que exista, además de un objeto y un sujeto, una relación jurídica, el vínculo, regulado por la ley, que une o dos o más individuos, por medio de un bien o interés en común.

Capacidad de obrar

El acto jurídico consta de tres elementos de gran importancia, que determinan si este reúne las características para ser sometido a un proceso legal; estos son llamados: elementos esenciales, es decir, no puede existir si alguno de estos no forma parte de él, dividiéndose este, a su vez, en requisitos existenciales (el sujeto, voluntad, objeto y la causa) y requisitos de validez (voluntad exenta de vicios, objeto lícita, causa lícita y capacidad de ejercicio); los elementos naturales por su parte, son los que están implícitos en la naturaleza del negocio, y que no son necesarios, puesto que las partes pueden eliminarlos; por último, los elementos accidentales, son los que pueden ser incorporados por las partes, siendo algunos de ellos la condición, el plazo y el modo.

De igual forma, los actos jurídicos pueden ser de distinta naturaleza por lo que se ha dispuesto una clasificación de los mismos; algunos de estos son: actos positivos y negativos, estando el primero orientado hacia el nacimiento, modificación o extinción de un documento y el segundo hacia la abstención en determinada relación jurídica; las unilaterales y los bilaterales, aquellos que, para su realización, requerirían las aprobación de una persona o dos personas, respectivamente; entre vivos y mortis causa, aquellos en los que el negocio no está determinado por el fallecimiento de uno de las partes, y aquél en el que la voluntad se pone en práctica luego del fallecimiento; por último, los gratuitos y onerosos, siendo los primeros aquellos en los que la obligación recae en sólo una de las partes involucradas y los otros en los que los que existe un beneficio económico recíproco.

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Bibliografía

. ( Última edición: 23 de octubre de 2023 a las 1:54 pm). Definición de Capacidad de obrar. Recuperado de: https://conceptodefinicion.de/capacidad-de-obrar/. Consultado el 8 de diciembre de 2023

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