El término aval también es utilizado como apoyo o respaldo en una situación o evento. Muchas veces no hace falta que este aval sea materializado en un papel o documento sino que puede ser expresado en palabras y tiene igual validez. Como cuando un presidente avala un puesto sobre un diputado o se entrega el aval para dar inicio a una empresa, etc. En el área comercial el aval es una firma, la cual es colocada en una letra de cambio o algún otro documento de cambio que implica que dicho firmante responderá por su pago en caso de no ser efectuado.
Las características del contrato aval, abarca funciones fundamentales que presentan una garantía para el avalado, el cual puede adquirir la obligación en caso de que el deudor no pague el crédito y se puede exigir la cancelación de la misma. Es bastante común presentar un aval cuando se solicita un préstamo en un banco, como garantía de que la persona si está en condiciones de pagar dicho préstamo. Aunado a esto, el aval se considera una obligación muchas veces escrita otras no, cuyo propósito es la cancelación de la deuda o pago si fuese necesario asumiendo la responsabilidad en caso de fallo del deudor principal (en este caso un prestamista o respaldo).
En en caso de las hipotecas, cuando la garantía es un inmueble, el pago de títulos y crédito suelen documentarse y es normal que los bancos pidan avalistas que respondan al pago de las cuotas exigidas en caso de que el deudor no estuviera en condiciones de hacerlo. Existen dos tipos de avalistas, los pignorados, éste permite acceder a préstamos por medio de empeños, éste en el caso de personas que tengan un alto nivel de solvencia. No pignorado, estas se diferencian por la necesidad hacer depósitos por adelantado. Muchos suelen confundir el aval con una fianza, sin embargo el avalista suele comprometerse con títulos de crédito siendo este imprescindible para conceder el préstamo en su totalidad.