Los bienes públicos cuentan con dos características que los distinguen de las otras propiedades siendo éstas que no sean rival y no excluyente. La primera de ellas significa que el uso y disfrute de las instalaciones por parte del usuario no suponga el uso y disfrute de un ciudadano que ya hace uso de él; un perfecto ejemplo es una señal de radio que permite a diferentes usuarios escuchar su frecuencia todos al mismo tiempo.
Con respecto a la segunda que no sea excluyente, implica que no es posible discriminar que el usuario disfrute o no del bien público mediante la implementación de precios, dado que estos no tienen un valor monetario y cualquier ciudadano que quiera y desee usarlo puede acceder al mismo de manera independiente y que estos ayuden con el mantenimiento y cuidado de los espacios, ejemplo: la playa, parques el viento.
Estos bienes necesitan de una gestión pública y diversos mecanismos de control que garantice el uso y disfrute de los mismos. Para garantizar sus sostenibilidad debe crearse un sistema de derecho que garantice ser muy estricto para que todos aquellos que participan en el mercado se vean en la responsabilidad de participar en su cuidado. Por ejemplo, si no se respetan ni cuidan los bosques, mares y en general el medio ambiente podemos excluir a las futuras generaciones del mundo y disfrute de dichos bienes. En ese sentido se debe garantizar el respeto a las reglas en pro de seguir dicho fin.