El concepto actual de catastro da sustento y se basa en tres finalidades, las cuales son:
- Dar una base para el planteamiento urbano y rural.
- Presupuestar el monto de las contribuciones como el impuesto inmobiliario.
- A través de la aprobación y archivo de las mensuras, guardar la seguridad jurídica del derecho de propiedad, que son las bases principales de las escrituras de traslación y dominio.
Para que se puedan cumplir algunas de las tres funciones mencionadas anteriormente el catastro está dividido en tres secciones:
- Catastro fiscal: Por medio del avalúo fiscal están fijados el valor de bienes a fin de imponer una contribución proporcional.
- Catastro jurídico: Es el que contempla la relación entre el propietario o sujeto activo y de la propiedad u objeto y la comunidad o sujeto pasivo.
- Catastro Geométrico: Éste está encargado de la división, subdivisión, representación o ubicación del inmueble.
No está definido un único concepto de catastro, una de las definiciones que más se aproxima es: “ Éste se basa en totalizar el inventario de los bienes de un inmueble de un país o de una región de este último, permanente y metódicamente actualizado mediante cartografiado de los límites de los terrenos y de los datos asociados a ésta en todos sus ámbitos”.
El mantenimiento del catastro y la formación, así como la difusión de la información catastral, es de competencia exclusiva del estado. Algunas de las funciones que ésta comprende es la valoración, la inspección y la elaboración y gestión de la cartografía catastral, que se ejercerán por la dirección general del catastro, directo o a través de las distintas fórmulas de la colaboración que se establezcan con las diferentes administraciones, entidades y corporaciones públicas.