Por lo tanto, para que la falta penal sea un hecho, primero debe existir una orden, que dicha orden sea dada por un funcionario público y que éste se encuentre en el desempeño de su trabajo. Cabe destacar que la legislación de cada país sancionará de acuerdo a lo establecido en su ordenamiento jurídico.
Sin embargo, catalogar el desacato como un delito es propio de las dictaduras, ya que este término es adoptado en el antiguo derecho romano, como un mecanismo de protección para el emperador. En los sistemas democráticos la palabra desacato es propensa a no considerarse como falta independiente de los delitos en contra de la honorabilidad, y dignidad de cualquier ciudadano sin importar si es funcionario público o no.
Organismos como la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos expresan en su artículo 13, que la libertad de expresión es opuesta a la presencia del desacato como una falta o infracción. Ya que al considerar al desacato como un delito, se estaría resguardando a un sistema de gobierno de los posibles reproches o críticas de sus ciudadanos, y sobre todo de los medios de comunicación.
Algunos países latinoamericanos como Honduras, Nicaragua, Paraguay y Perú han eliminado el desacato de su reglamento penal. Sin embargo, Uruguay aún lo considera como delito en su código penal, aunque se encuentran en vías a que sea derogado. En el reino Unido y en los Estados Unidos, si consideran al desacato como delito pero si se efectúa en contra del Poder Judicial.