En esta área existe la consideración reflexiva y prolongada de una acción u omisión que significa renuncia a realizar o expresar algo, pero los riesgos de la improvisación que es el deleite, al asegurar su perpetración que es la comisión o consumación de un delito y el posible encubrimiento de la premeditación constituye las circunstancias agravantes de la responsabilidad penal.
Este proceso de reflexión se le conoce como la premeditación que se utiliza con frecuencia en el derecho que se inspira en postulado de justicia y constituye el orden normativo e institucional que puede regular la conducta en sociedad para poderse referir a aquellos delitos que fueron planificados por la persona que lo comete y aumenta la gravedad de su responsabilidad.
Esto puede afirmar que algo premeditado se puede hacer tras un análisis previsto porque estas acciones se diferencia de diversas maneras como espontáneas, naturales, instintivas, accidentales o irreflexivas.