El quórum puede estar conformado de diversas formas entre las que resaltan:
Mayoría simple u ordinaria: es lo que se necesita en un quórum para aprobar una decisión, teniendo en cuenta que deben ser más votos a favor que en contra.
Mayoría absoluta: es aquella que tiene la mayoría de votos, siendo entonces más de la mitad de los integrantes que conforman la sesión, por ejemplo, una asamblea con veinte miembros y votan once a favor o en contra, entonces se tiene mayoría absoluta. Mientras que en un órgano parlamentario con diez miembros, la mayoría absoluta se hace con seis votos.
Mayoría calificada o especial: es cuando se requieren más votos o más requisitos que una mayoría simple para aprobar la decisión, aunque dentro de esta categoría existen dos subcategorías que dependen del porcentaje de votos siendo estas:
- Porcentaje mínimo de votos, se entiende cuando se requiere un porcentaje mínimo de participación para tomar una decisión delicada, como por ejemplo, reformas constitucionales, cambio del tren Ejecutivo, entre otras.
- Mínimo de votos emitidos, este es el caso en donde las abstenciones no son neutras, sino que hacen que la decisiones no se aprueben.
Dentro de todo sistema parlamentario es necesario que exista una cantidad de integrantes que representen al resto de los que conforman el país o cualquier órgano que se rija por este sistema. Este término es únicamente utilizado en el ámbito político para hacer referencia a las votaciones o asambleas y no para referirse a un público o número de personas que se encuentren de espectadores u oyentes.