Esta área del derecho mostraba cómo estaba organizado el pueblo romano, dicha organización se fundamentaba en leyes que regulaban la relación del Estado con sus particulares. De igual manera, el Ius publicum también era responsable de las ordenanzas de carácter religioso. Además de esto, comprende ciertos rasgos importantes que lo distinguen, por ejemplo su inalterabilidad, puesto que cuenta con una legislación de carácter obligatorio para todos los ciudadanos.
Etimológicamente el vocablo “Ius” se deriva del latín y significa “derecho”, definiendo lo que representaba lo bueno y lo justo. Durante la antigüedad se manejaba una dualidad entre los términos “Ius” y “Fas”, donde Ius se refería a lo justo y Fas se vinculaba con el carácter divino de lo lícito de un comportamiento. En esa época estos dos términos, eran utilizados como adjetivos. Ambos se asociaban ya que para ese tiempo las leyes y la religión se encontraban unidos.
Fue durante el siglo l a.C. cuando se comienzan a distinguir estos términos, quedando Ius como un derecho humano y fas como un derecho divino.
Se entiende entonces que el Ius publicum aplicado en la roma antigua consistía en un conjunto de leyes buenas y justas creadas por los hombres para un mejor ordenamiento de la sociedad.