Una decisión que se toma y que no se acepta ninguna variante en el proceso ni en el tiempo que debe durar, hecho que por una resolución judicial descarta la posibilidad de prolongar dicho proceso, ya que jurídicamente es un plazo establecido para que se produzca un efecto de ley, ya sea de un contrato vigente o la extinción de los derechos sobre algo, llegando a caducar. Ejemplo de ello es el tiempo estipulado para cancelar una deuda, sea personal o de aspecto legal, teniendo un inicio y un final de plazo de tiempo convenido o estipulado de antemano para saldarla, hecho que no se puede extender y se exige la compensación del hecho agravado. Lo mismo pasa al hacer un contrato de arrendamiento de una vivienda o local comercial de 6 meses a un año, tiempo improrrogable para el desalojo, es de importancia saber y entender que así no se use el inmueble el deber es cancelar las cuotas que generan el arrendamiento de la vivienda o local comercial, y que de igual forma las circunstancias ajenas a esto no cambian el decreto ya antes mencionado.
Es un hecho algo que se considera veraz, cierto, verdadero ya que va llegar y que se cumple con una fecha, una finalidad que no tiene un después. Los derechos de los seres humanos a tener una educación, salud, vivienda y calidad de vida son deberes esenciales improrrogables que el gobierno, el estado y la sociedad deben velar, para que sean correctamente efectuados.