Los delitos que están registrados a los que se le aplicó la Provocatio Ad Populum fueron: Parricidium, el asesinato del Pater Familia por parte de un miembro de la familia, Perduelium, traición a la patria, soborno a los jueces y magistrados para que cambien sus sentencias y a la hechicería que era ampliamente condenada por la sociedad romana de la antigüedad.
La apelación que se producía por la Provocatio Ad Populum podía ser revocada o no, no se le confería al pueblo la potestad de decidir sobre la pena que se le imponía al condenado, más bien se le permitía al pueblo detener el proceso de enjuiciamiento y se procedía a una reconsideración de la pena tomando en cuenta la provocación hecha por el pueblo. Si los magistrados o el tribunal decidían no revocar la pena, se procedía a la ejecución de la misma sin más protocolo.
No queda claro si a las decisiones del rey se les aplicaba Provocatio Ad Populum, lo que sí es cierto es que cuando se nombraba a un dictador, lo cual era por un caso extremo, no era posible porque las decisiones de un dictador debían ser implacables e irrevocables. Los plebeyos por su parte en el comienzo de la república no tenían este “beneficio” que sólo los patricios podían darse, pero como todos los derechos en Roma, fue otorgada la posibilidad de hacer una provocación al pueblo a un plebeyo cuando estos fueron admitidos en los tribunales y al menos uno de ellos fue un representante entre los magistrados. Con la llegada de la Monarquía, esta institución desaparece por completo.