Qué es persona física
También denominado como persona natural, se trata de un sujeto que puede ser un profesionista, un comerciante o un trabajador, que utiliza sus conocimientos y capacitación para prestar servicios profesionales, vender algún producto o alquilar algunapropiedad. >Esta figura trae consigo una serie de derechos y deberes y se catalogan en distintos regímenes según la actividad que desempeñe y a los dividendos que obtenga de la misma.
Ejemplo de persona física:
- El dueño de un pequeño edificio, el cual arrendará los apartamentos a distintas personas, quienes tienen la obligación de pagarle el importe por arrendamiento mensualmente.
- Un profesional en electrónica, que presta servicios de reparación de equipos electrónicos, como por ejemplo, fotocopiadoras, que no le rinde cuentas a un patrono, sino que ejerce la profesión de manera autónoma.
Características de las personas físicas
Nombre
Este es uno de los principales atributos de esta figura, pues esto le da la capacidad de diferenciarse de otros. Se compone del nombre y apellido (en primer lugar el del padre y luego el de la madre, permitiendo invertirlos en algunos casos), o adoptar uno que no sea familiar, pues este no se limita a vínculo sanguíneo o parental.
Domicilio
Es el lugar de residencia de la persona, aunque no se descarta que posea más de uno. Existen varios tipos de domicilios, los que pueden ser:
- Domicilio real: este a su vez se divide en el habitual (donde resida por al menos 6 meses), de negocios (donde ejerza sus actividades comerciales) y accidental (donde se encuentre la persona).
- Domicilio legal: este tipo de domicilio lo fija la ley para el ejercicio de los deberes y derechos.
- Domicilio fiscal: este tipo es el que asigna el contribuyente.
- Domicilio convencional: este es fijado por la misma persona para efectuar sus deberes y derechos.
Estado civil
Es una característica propia de las personas físicas, que determinará si se encuentra soltero, casado, viudo, divorciado.
Capacidad
Esto se refiere a la facultad que tiene de cumplir sus deberes y ejercer sus derechos, y se divide en capacidad de goce y capacidad de ejercicio:
- Capacidad de goce: es la facultad de alcanzar dichos deberes y derechos.
- Capacidad de ejercicio: es la facultad de ejecutarlos; y se le denomina como incapaz a aquella que no puede hacer uso de ellos, han disminuido esta capacidad o no la han adquirido.
Patrimonio
Se refiere a todo aquello que una persona física posee, así como también incluye aquello que le adeudan. Esto encierra tanto su posesión en dinero, sus bienes materiales en muebles e inmuebles, sus créditos (algo que no ha recibido pero que es suyo) y sus deudas (que tenga pendiente algo por cancelar). La sumatoria de todo ello es a lo que se le conoce como patrimonio. Todas estas posesiones valoradas en conjunto deben ser declaradas.
Declaración anual de impuestos persona física
La declaración anual personas físicas se trata de la rendición de cuentas que debe darle una persona física al fisco sobre sus posesiones y actividades que ha tenido durante todo el año fiscal: sus ingresos obtenidos y sus egresos producto de su ejercicio, valorado todo en un monto total. Esto debe realizarlo en el mes de abril del año siguiente a declarar en la página del SAT.
Quienes tienen la obligación de ejercer la declaración persona física, serán: todos aquellos que reciban un sueldo o salario; una persona física con actividad empresarial; ejerzan actividades como la ganadería, pesca o agrícola; alquilen propiedades; adquieran bienes; obtengan algún premio; reciban dividendos; entre otros casos.
Dicha obligación se encuentra plasmada tanto en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (artículo 150), como en el Código Fiscal de la Federación (artículos 31 y 32) y en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación (artículo (41).
El monto a declarar o el cálculo ISR persona física debe ser realizado de acuerdo a lo que establece el artículo 152 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta actualizada.
Para realizarla a través del portal web del SAT, la persona debe contar con RFC y contraseña para su ingreso a la página, luego de haber realizado su pago en alguna entidad bancaria a través de una transferencia electrónica.